A Requisitos que deben cumplir los establecimientos que deseen postular:
- Estar al día en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones relacionadas con el Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor y su reglamento.
- Estar al día en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones en materia de bioseguridad para la prevención de la transmisión y propagación del COVID-19 establecidas por el Gobierno Central.
- Contar con Licencia de Funcionamiento obtenida conforme a la normatividad vigente.
- Contar con Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones vigentes.
- No haber sido sancionado dentro de los últimos seis (06) meses por infracción administrativa relacionada a las líneas de acción de Salud y Salubridad, Moral y Orden Público y/o Seguridad, Higiene y Salubridad en Establecimientos del Cuadro Único e Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante Ordenanza N° 539-MDB y modificatorias.
- Realizar un adecuado manejo de sus residuos sólidos a través del almacenamiento diferenciado de acuerdo a la NTP 900.058:2005 y entrega de sus residuos aprovechables (inorgánicos y orgánicos) al Programa de Valorización de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Barranco o Empresa Operadora (EO – RS) Autorizada para la valorización de los mismos.
- Encaso de ser un establecimiento comercial de rubro restaurantes, realizar el adecuado manejo del aceite vegetal usado.
- Cumplir con las disposiciones normativas higiénico sanitarias respecto de la preparación, almacenamiento, comercialización, manipulación y distribución de alimentos.
- El establecimiento comercial debe cumplir con los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-COV2 en virtud de la R.M Nº972-2020/MINSA.
B Documentos que deben presentar los establecimientos que opten por postular:
- Formato de Aplicación firmado por la persona natural o el representante de la persona jurídica que conduzca el establecimiento comercial y/o de servicios. (se adjunta formato AQUÍ)
- Copia digital del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor con una antigüedad no mayor de treinta (30) días.
- Declaración Jurada de contar con Licencia de Funcionamiento y Certificado de ITSE vigente, con los datos correspondientes. (se adjunta formato AQUÍ)
- Declaración Jurada de Cumplimiento de las Obligaciones en Materia de Bioseguridad para la prevención de la transmisión y propagación del COVID-19 establecidas por el Gobierno Central y que no ha sido sancionado dentro de los últimos seis (06) meses por infracción administrativa relacionada a las líneas de acción de Salud y Salubridad, Moral y Orden Público y/o Seguridad, del Cuadro Único e Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante Ordenanza N° 539-MDB y modificatorias. (se adjunta formato AQUÍ)
- Documento emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Barranco que acredite la participación activa del Establecimiento Comercial y/o de Servicios en el Programa de Valorización de Residuos Sólidos Municipales o Certificado/Constancia de la Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS) sobre valorización.
- En caso de ser un establecimiento comercial de rubro restaurantes, presentar certificado ambiental emitido por Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS) Autorizada sobre el reciclaje del aceite vegetal usado.
- Declaración jurada con fotografía que acrediten el cumplimiento del adecuado almacenamiento diferenciado de los residuos sólidos generados por el Establecimiento Comercial y/o de Servicios de acuerdo a la Norma Técnica Peruana (NTP) Nº 900.058:2005 –Código de colores para el almacenamiento de residuos sólidos o su versión actualizada. (se adjunta formato AQUÍ).
C. Beneficios a los que acceden aquellos que cumplen con los requisitos y documentación luego de la evaluación correspondiente:
- Promoción a través de las redes sociales y la página web de la Municipalidad Distrital de Barranco como establecimiento que ostenta El Reconocimiento en Buenas Prácticas.
- Uso del logotipo “Marca Barranco” (en Buenas Prácticas) que les permita promocionarse como establecimientos que ostentan El Reconocimiento.
- Promoción como establecimientos que obtuvieron El Reconocimiento en Buenas Prácticas a través de las acciones de difusión conjunta que se realice a partir de Convenio de Cooperación celebrados con otras Entidades o empresas.