Buenas Prácticas de Establecimientos Comerciales y/o de Servicios

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Buenas Prácticas de Establecimientos Comerciales y/o de Servicios

A  Requisitos que deben cumplir los establecimientos que deseen postular:

 

  1. Estar al día en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones relacionadas con el Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor y su reglamento.
  2. Estar al día en el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones en materia de bioseguridad para la prevención de la transmisión y propagación del COVID-19 establecidas por el Gobierno Central.
  3. Contar con Licencia de Funcionamiento obtenida conforme a la normatividad vigente.
  4. Contar con Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones vigentes.
  5. No haber sido sancionado dentro de los últimos seis (06) meses por infracción administrativa relacionada a las líneas de acción de Salud y Salubridad, Moral y Orden Público y/o Seguridad, Higiene y Salubridad en Establecimientos del Cuadro Único e Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante Ordenanza N° 539-MDB y modificatorias.
  6. Realizar un adecuado manejo de sus residuos sólidos a través del almacenamiento diferenciado de acuerdo a la NTP 900.058:2005 y entrega de sus residuos aprovechables (inorgánicos y orgánicos) al Programa de Valorización de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Barranco o Empresa Operadora (EO – RS) Autorizada para la valorización de los mismos.
  7. Encaso de ser un establecimiento comercial de rubro restaurantes, realizar el adecuado manejo del aceite vegetal usado.
  8. Cumplir con las disposiciones normativas higiénico sanitarias respecto de la preparación, almacenamiento, comercialización, manipulación y distribución de alimentos.
  9. El establecimiento comercial debe cumplir con los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-COV2 en virtud de la R.M Nº972-2020/MINSA.

 

B  Documentos que deben presentar los establecimientos que opten por postular:

 

  1. Formato de Aplicación firmado por la persona natural o el representante de la persona jurídica que conduzca el establecimiento comercial y/o de servicios. (se adjunta formato AQUÍ)
  2. Copia digital del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor con una antigüedad no mayor de treinta (30) días.
  3. Declaración Jurada de contar con Licencia de Funcionamiento y Certificado de ITSE vigente, con los datos correspondientes. (se adjunta formato AQUÍ)
  4. Declaración Jurada de Cumplimiento de las Obligaciones en Materia de Bioseguridad para la prevención de la transmisión y propagación del COVID-19 establecidas por el Gobierno Central y que no ha sido sancionado dentro de los últimos seis (06) meses por     infracción administrativa relacionada a las líneas de acción de Salud y Salubridad, Moral y Orden Público y/o Seguridad, del Cuadro Único e Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado mediante Ordenanza N° 539-MDB y modificatorias. (se adjunta formato AQUÍ)
  5. Documento emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Distrital de Barranco que acredite la participación activa del Establecimiento Comercial y/o de Servicios en el Programa de Valorización de Residuos Sólidos       Municipales o Certificado/Constancia de la Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS) sobre valorización.
  6. En caso de ser un establecimiento comercial de rubro restaurantes, presentar certificado ambiental emitido por Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS) Autorizada sobre el reciclaje del aceite vegetal usado.
  7. Declaración jurada con fotografía que acrediten el cumplimiento del adecuado almacenamiento diferenciado de los residuos sólidos generados por el Establecimiento Comercial y/o de Servicios de acuerdo a la Norma Técnica Peruana (NTP) Nº 900.058:2005 –Código de colores para el almacenamiento de residuos sólidos o su versión actualizada. (se adjunta formato AQUÍ).

 

C. Beneficios a los que acceden aquellos que cumplen con los requisitos y documentación luego de la evaluación correspondiente:

 

  1. Promoción a través de las redes sociales y la página web de la Municipalidad Distrital de Barranco como establecimiento que ostenta El Reconocimiento en Buenas Prácticas.
  2. Uso del logotipo “Marca Barranco” (en Buenas Prácticas) que les permita promocionarse como establecimientos que ostentan El Reconocimiento.
  3. Promoción como establecimientos que obtuvieron El Reconocimiento en Buenas Prácticas a través de las acciones de difusión conjunta que se realice a partir de Convenio de Cooperación celebrados con otras Entidades o empresas.
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