PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
SEPARACIÓN CONVENCIONAL
REQUISITOS GENERALES:
- Solicitud por escrito que exprese de manera indubitable la decisión de separarse dirigida al Alcalde, señalando nombre, documento de identidad y el último domicilio conyugal, con la firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
En dicha solicitud, se deberá constar además, la indicación de si los cónyuges son analfabetos, no pueden firmar, son ciegos o adolecen de otra discapacidad, en cuyo caso se procederá mediante firma a ruego, sin perjuicio de que impriman su huella digital o grafía de ser el caso.
- Exhibir los documentos de identidad de ambos cónyuges.
- Copia certificada del acta o de la partida de matrimonio, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Declaración jurada del último domicilio conyugal de ser el caso, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges.
- Indicar la fecha y número de comprobante de pago.
REQUISITOS ADICIONALES:
REQUISITOS RELACIONADOS CON LOS HIJOS
En caso de no tener hijos:
- Declaración jurada, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
En caso de tener hijos menores.
- Adjuntar copia certificada del acta o de la partida de nacimiento expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.
- Presentar copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y visita.
En caso de tener hijos mayores con incapacidad:
- Adjuntar copia certificada del acta o de la partida de nacimiento, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.
- Presentar copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas.
- Anexar copias certificadas de las sentencias judiciales firmes que declaren la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su curador.
REQUISITOS RELACIONADOS CON EL PATRIMONIO
- En caso no hubiera bienes, declaración jurada con firma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
- En caso se haya optado por el régimen de separación de patrimonios, presentar el testimonio de la escritura pública inscrita en los Registros Públicos.
- En el supuesto que se haya sustituido el régimen de la sociedad de gananciales por el de separación de bienes o se haya liquidado el régimen patrimonial, se presentará el Testimonio de la Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos.
DIVORCIO ULTERIOR
REQUISITOS GENERALES:
- Solicitud de disolución del vínculo matrimonial presentada por cualquiera de los cónyuges dirigida al Alcalde de su jurisdicción, señalando nombre, documentos de identidad y firma del solicitante.
Procederá la firma a ruego en el caso de que el solicitante sea analfabeto, no puede firmar, es ciego o adolece de otra discapacidad, sin perjuicio de que impriman su huella digital o grafía, de ser el caso.
- Copia de la Resolución de Separación Convencional.
- Indicar la fecha y número del comprobante de pago.
Nota: El trámite se inicia con posterioridad a los 02 meses de notificado la Resolución de Alcaldía que dispone la Separación Convencional.
PLAZOS:
- 05 días hábiles para la revisión de la documentación.
- 15 días hábiles para convocar a Audiencia Única
- 05 días hábiles para expedir Resolución de Alcaldía Separación Convencional.
- 60 días hábiles entre Separación Convencional y solicitud de Divorcio Ulterior.
- 15 días hábiles para expedir Resolución de Alcaldía de Disolución del Vínculo Matrimonial.